Dentro de los actos celebrados con motivo de la Semana de la Movilidad, se realizó la jornada técnica "Las distracciones en la conducción", donde se dieron a conocer los elevados porcentajes de accidentes causados por distracciones al volante.
Cambiar la emisora de radio o mirar el GPS son actos aparentemente sin importancia pero que pueden convertirse en trágicos realizarlos mientras conducimos y pueden terminar en siniestro. Pensamos que Cambiar un CD eleva 1,8 veces el tiempo de reacción al volante y hablar por teléfono el triplica
Pero, recordemos que nos dice el Artículo 65.4 g de la Ley de seguridad vial respecto en el uso del dispositivos móviles y los GPS:
"Conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro sistema de comunicación es considerado una infracción grave".
Por lo tanto la normativa vigente prohíbe el uso por parte del conductor, con el vehículo en movimiento, de dispositivos incompatibles con la obligatoria atención permanente a la conducción como:
- pantallas con acceso a Internet
- monitores de televisión
- reproductores de vídeo o DVD
Sin embargo, presenta algunas excepciones en su Artículo 18.1 del Reglamento general de circulación:
- los monitores que estén a la vista del conductor y que sean necesarios para la visión de acceso o bajada de peatones,
- los monitores para la visión en vehículos con cámara de maniobras posteriores
- el dispositivo GPS.
Así pues, podríamos decir que si el aparato en cuestión es un GPS, su utilización estaría amparada por la normativa.
Pero con ningún caso se autoriza su manipulación durante la conducción.
Recuerda: Para tu seguridad y por la de los que te rodean al volante ninguna distracción!